domingo, 31 de enero de 2010
A luchar
sábado, 30 de enero de 2010
Una carta a un amigo
viernes, 29 de enero de 2010
La esperanza de volver a ver el sol
jueves, 28 de enero de 2010
El cuento de la niña justa
miércoles, 27 de enero de 2010
¿el ciudadano común debe entender lo que dicen las noticias del área judicial?
martes, 26 de enero de 2010
Inocente
viernes, 22 de enero de 2010
El odio y el rencor
jueves, 21 de enero de 2010
Para saber
miércoles, 13 de enero de 2010
El manejo de la información en casos de crimen
Importante saber
Ratione personae: por razón o la índole de la persona, cuando ella decide la competencia judicial para entender en un caso litigioso.
Competencia judicial: competencia (Atribución legítima de un juez u otra autoridad para el conocimiento o resolución de un asunto).
Atribución: señalamiento o fijación de competencia. Adjudicación. Imputación, cargo. Asignación. Facultad o potestad concedida por disposición legal o inherente a determinado cargo.
Litigio: contienda judicial entre partes en la que una de ellas mantiene una pretensión a la que la otra se opone o no satisface. Llámase también litis, juicio, pleito, proceso.
Litigioso: lo que es objeto de litigio, por lo cual se refiere a los derechos o bienes controvertidos en un juicio.
Ratione materiae: por razón de la materia, por el fondo del asunto. Se trata de reglas de competencia de jueces y tribunales.
Bien jurídico: Concepto que presenta particular importancia en el ámbito del Derecho penal, porque cada uno de los delitos se entiende que atenta contra el bien que la legislación protege: vida, propiedad, familia, honestidad, honor, seguridad nacional, administración pública, etc.
El que se encuentra amparado dentro de todos los aspectos del Derecho.
Derecho penal: es la herramienta empleada para reglamentar la actividad humana dentro de un sistema social. Sin embargo, debe ser siempre el último medio empleado para lograr el control, debiendo antes acudirse a las demás medidas menos gravosas para los bienes jurídicos. Son componentes del Derecho Penal el delito, la pena y las medidas de seguridad.
Delito: el acto típicamente antijurídico, culpable, sometido a veces a condiciones objetivas de penalidad, imputable a un hombre y sometido a una sanción penal(Según Jiménez de Asúa).
Pena: castigo impuesto por autoridad legítima, especialmente de índole judicial, a quien ha cometido un delito o falta.
Medidas de seguridad: consideradas como de prevención del delito y de protección tanto de la sociedad como del delincuente.
FUENTES: Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel de Ossorio y Manual de Derecho Penal de José Fernando Casañas Levi.