lunes, 25 de noviembre de 2013

Se extenderá campaña ''Hay salida'' contra la violencia de género al ámbito sanitario

La ministra de Sanidad, Servicios e Igualdad, Ana Mato anunció que la campaña de sensibilización "Hay Salida" se extenderá al ámbito sanitario. Esta será una de las principales actuaciones en la lucha contra la violencia de género en los próximos meses. "Con ello", explicó Mato, "aprovechando la intimidad y confianza de las consultas de los centros de atención primaria, queremos reforzar nuestros instrumentos para luchar contra el silencio de las mujeres que sufren violencia física o psicológica". La violencia contra la mujer repercute, evidentemente en su salud en todas las dimensiones: física, psicológica, sexual y social. Por ello, se crearon unas piezas en las que se combina el lema ''Hay Salida'' con un mensaje dirigido a las mujeres para que hablen con el personal sanitario de su centro de salud y les cuenten la situación por la que están pasando. Adelantó la creación de un portal específico, que permitirá acceder de forma centralizada a información sobre recursos, servicios instituciones, campañas y proyectos en materia de violencia de género. Con esta iniciativa se espera mejorar el grado de sensibilización social y el conocimiento ciudadano sobre las diferentes formas de violencia contra la mujer. Recordó otras iniciativas ya puestas en marcha por el Ministerio, como la Red de Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género, gracias a la cual, medio centenar de mujeres que sufrieron malos tratos ya consiguieron un puesto de trabajo lo que les proporciona más autonomía y reduce el riesgo de que vuelvan a ser víctimas de violencia. También, la aplicación LIBRES, que permite descargar de forma ágil y segura información sobre recursos y medidas de protección, ofrece instrumentos para detectar los primeros signos del maltrato. En este sentido, la ministra indicó la necesidad de transmitir especialmente a los jóvenes modelos de conducta que permitan avanzar hacia una sociedad más equilibrada, cimentada sobre la igualdad". Porque "no podemos permitir que las Nuevas Tecnologías se conviertan en una nueva forma de ejercer Violencia de Género". Aseguró que la violencia contra la mujer atenta contra el ejercicio de los derechos humanos e impide el desarrollo de las libertades más elementales. Expresó que nos aleja de la igualdad y la justicia que perseguimos. Manifestó la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, en el acto conmemorativo del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se celebra hoy. Recordó de manera especial a las 45 mujeres que perdieron la vida en lo que va de año a manos de sus parejas o ex parejas, así como a las más de 700 fallecidas en la última década, y trasladó a sus familiares el apoyo del Gobierno. La ministra dio un mensaje de "esperanza para todas aquellas que luchan por salir adelante y comenzar una nueva vida". A todas ellas les recordó que "la denuncia es la llave para su libertad y la de sus hijos, y servirá para que los agresores no queden impunes". Y, a pesar de que queda mucho camino por recorrer, Mato aseveró que "las medidas que entre todos estamos llevando a cabo empiezan a dar sus frutos. Comenzamos a romper el círculo que encierra y anula a la mujer maltratada". En este sentido, recordó la aprobación, este año, de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, la primera de estas características, dotada con 1.559 millones de años para el período 2013-2016 y con más de 250 medidas encaminadas a combatir cualquier forma de violencia. En el acto conmemorativo celebrado hoy en el Ministerio se presentaron las nuevas piezas publicitarias producidas en el marco de la plataforma "Hay Salida", incluido el spot para televisión e Internet y las nuevas gráficas con el lema "Si la maltratas a ella, me maltratas a mí". Fuente: http://www.lamoncloa.gob.es

domingo, 24 de noviembre de 2013

Con pétalos piden ley completa contra la violencia hacia la mujer

Activistas de Amnistía Internacional(AI) juntaron firmas para pedir una ley completa contra la violencia hacia la mujer. La actividad se realizó cerca de la Costera de la ciudad de Asunción.Según la oficial de Activismo de AI, Pia Borquez se recolectaron 100 firmas para esta causa. En pétalos de cartulina amarilla firmaron señoras, chicas y muchachos, el pedido de una ley completa contra la violencia hacia la mujer. Ni el calor ni la luz intensa del sol pudo con los activistas de Amnistía Internacional, quienes concientizaron sobre la importancia de una ley integral contra la violencia hacia la mujer. Imagen: hacedoronirico.blogspot.com

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Condenan a Grunenthal Pharma a indemnizar a víctimas de la Talidomida

El Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid condenó a la farmaceútica alemana Grünenthal Pharma a indemnizar a afectados por la Talidomida con 20.000 euros por cada punto de minusvalía, según la sentencia dada a conocer en la página Web del Poder Judicial de España. Condenó a la compañía farmacéutica a indemnizar a cada uno de ellos con la cantidad de 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía que les haya sido reconocido por la Administración española, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. La juez titular, Gemma Fernández Díaz, reconoció en parte la demanda interpuesta por la asociación y declaró como afectados por la Talidomida a los socios de AVITE incluidos en el auto dictado el 6 de noviembre de 2012 que perciban o pudieran percibir en el futuro las ayudas económicas establecidas en el Real Decreto 1006/2010, excepto las personas que estén recibiendo ayudas de la Fundación Contergan. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de 20 días hábiles. La lista de afectados incluida en el auto del 6 de noviembre supera las 150 personas. Para proceder al cobro de la indemnización, deben de cumplir los requisitos legales establecidos en el Real Decreto y en lo dispuesto por la sentencia. El número exacto de perceptores se conocerá una vez se disponga la ejecución de la resolución judicial.Fuente: http://www.poderjudicial.es Imagen: elblogoferoz.com

martes, 19 de noviembre de 2013

Decálogo de conductas que revelan el ciberacoso

De los estudios presentados por la ministra la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato se puede extraer un decálogo de las formas en las que se puede expresar el ciberacoso: Distribuir en Internet una imagen (sexting) o datos comprometidos de contenido sexual (reales o falsos),dar de alta a la víctima en un sitio web donde puede estigmatizarse o ridiculizar a una persona,crear un perfil falso en nombre de la víctima para, por ejemplo, realizar demandas u ofertas sexuales,usurpar la identidad de la víctima para, por ejemplo, hacer comentarios ofensivos sobre terceros,divulgar por Internet grabaciones con móviles en las que se intimida, agrede, persigue, etc. a una persona,dar de alta el email de la víctima para convertirla en blanco de spam, contactos con desconocidos, etc,acceder al ordenador de la víctima para controlar sus comunicaciones con terceros,hacer correr en las redes sociales rumores sobre un comportamiento reprochable atribuido a la víctima,perseguir e incomodar a la víctima en los espacios de Internet que frecuenta de manera habitual,presentarse en un perfil falso ante la víctima con el fin de concertar un encuentro digital para llevar a cabo algún tipo de chantaje on-line (por ejemplo, el "grooming": acoso sexual a menores). Estas informaciones se dieron a conocer en la presentación de los dos últimos estudios elaborados por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en 2012 y 2013: "El ciberacoso como forma de ejercer la violencia de género en la juventud: un riesgo en la sociedad de la información y del conocimiento", elaborado por Cristóbal Torres, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid, y "La Evolución de la adolescencia española sobre la igualdad y la prevención de la violencia de género", dirigido por la catedrática de Psicología de la Educación de la Universidad Complutense María José Díaz-Aguado.Fuente:http://www.lamoncloa.gob.es Imagen: http://tecnologiasxartisticas.blogspot.com.ar/

Redes sociales y celulares son medios más utilizados en el ciberacoso

El estudio sobre el ciberacoso indica que Whatsapp, Tuenti y las llamadas al telefono móvil son los medios más frecuentes para enviar y recibir mensajes insultantes o amenazantes, como forma de ejercer la violencia de género, según datos dados a conocer en la página del Gobierno español. Conclusiones del estudio. Entre las principales conclusiones de los estudios, en los que participaron más de 8.000 adolescentes y jóvenes de 13 a 19 años, destaca el hecho de que las nuevas tecnologías facilitan a los agresores alcanzar a sus víctimas sin tener contacto directo con ellas, suponen también una dificultad para cerrar una relación de pareja y que los estereotipos tradicionales que continúen existiendo en las relaciones entre hombres y mujeres se proyectan en Internet y las redes sociales. En paralelo, la juventud "nativa digital" tiene una percepción del riesgo muy baja. Así lo demuestra el hecho de que más de uno de cada cuatro adolescentes (el 28,1%) no consideren conducta de riesgo responder a un mensaje en el que le insultan. Una proporción similar asegura que colgaría una fotografía suya que sus padres no autorizarían. Son muchos los que los reciben, especialmente las mujeres. De las jóvenes fueron víctimas de violencia de género a través de las nuevas tecnologías, hasta el 61,7% asegura haber recibido mensajes con insultos Además, el 36% recibió algún mensaje que les ha hecho "sentir miedo". El 14,7% de las chicas que sufrieron esta violencia, por otra parte, asegura haber recibido algún mensaje para presionarlas a participar en actividades de tipo sexual. Y hasta un 16,6% de las jóvenes asegura que han visto difundidas imágenes suyas comprometidas o de carácter sexual sin su consentimiento. No obstante, un tercio de los jóvenes, chicos y chicas, aseguran haber respondido en dos o más ocasiones a un mensaje en el que le insultan u ofenden. El estudio sobre el ciberacoso también revela otras conductas de riesgo en ambos sexos: el 25% de las adolescentes y el 36% de los chicos no consideran muy o bastante peligroso responder a un mensaje en el que alguien que no conoce le ofrece cosas. Además, el 5% de las chicas y el 16% de los chicos no creen peligroso colgar una foto suya de carácter sexual; de hecho, el 1,1% de las jóvenes y el 2,2% de los chicos reconocen haberlo hecho en alguna ocasión. Estudios realizados por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en 2012 y 2013 revelan que el acoso a través de las nuevas tecnologías se convirtió en una forma cada vez más común de ejercer este tipo de violencia. Expresiones de la ministra sobre el tema.La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, anunció una batería de medidas dirigidas a combatir los nuevos delitos relacionados con las nuevas tecnologías,también en el ámbito educativo. A las medidas penales, como la tipificación del acoso como delito, con agravante en caso de que el autor sea cónyuge o ex cónyuge, se suman las medidas de formación, como el fomento de la igualdad efectiva en todas las etapas educativas.Durante este curso el Ministerio apoyará el Plan de Convivencia y Mejora de la Seguridad Escolar, que se reforzará en 2014 con la inclusión de otras formas de violencia contra la mujer. Asimismo, se proporcionarán herramientas a profesores y padres para complementar su labor educativa en este ámbito, como la Red de Buenas Prácticas 2.0 para luchar contra el ciberacoso, o el Proyecto Plurales, de educación en igualdad. La ministra también recordó que, haciendo uso del potencial que ofrecen las tecnologías y las redes sociales, se lanzó la aplicación para smartphones "Libres", para detectar los signos de la violencia de género y ofrecer herramientas para salir de ellas. En este sentido, la ministra aprovechó su intervención para recordar a las 44 mujeres y a los 5 menores fallecidos en lo que va de año por esta problemática, así como a los 40 que quedaron huérfanos y al medio millón de niños que vivieron situaciones de violencia en España durante el último año Mato reiteró su llamamiento a la denuncia dirigido a las víctimas: "Es la llave de vuestra libertad y de la de vuestros hijos", dijo. Fuente: http://www.lamoncloa.gob.es/ Foto:http://cucoalmeria.net/

miércoles, 13 de noviembre de 2013

Condenan a capitán del buque Prestige a 9 meses de cárcel

La Audiencia Provincial de A Coruña condenó al capitán a nueve meses de prisión por un delito de desobediencia grave a la autoridad. Absuelve a los tres acusados de los delitos contra el medio ambiente y daños en espacios naturales protegidos, según la página del Poder Judicial de España. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña decidió absolver a Apostolos Ioannis Mangouras, Nikolaos Argyropoulos y José Luis López-Sors González de los delitos contra el medio ambiente, daños en espacios naturales protegidos y daños por los que fueron acusados por el hundimiento del buque Prestige, acaecido el 19 de noviembre de 2002. La Sala integrada por Juan Luis Pía Iglesias (presidente), Salvador Sanz Crego y María Dolores Fernández Galiño— absolvió también a Nikolaos Argyropoulos del delito de desobediencia por el que también fue acusado, con expresa declaración de oficio de dos terceras partes de las costas procesales. La Audiencia sí condenó a Apostolos Ioannis Mangouras, como autor criminalmente responsable de un delito de desobediencia grave a la autoridad previsto y penado en el art. 556 en relación con el art. 550 del Código Penal, a la pena de 9 meses de prisión y al pago de la restante tercera parte de las costas procesales, con abono del tiempo ya sufrido de privación de libertad por esta causa. El fallo. En la sentencia se sostuvo que nadie sabía con exactitud la causa de lo ocurrido,ni la respuesta apropiada a la situación de emergencia creada por la grave avería del buque Prestige, pero nadie puede negar el fallo estructural, ni pudo demostrar en el juicio dónde se produjo exactamente ni por qué razón. Según el fallo ,formalmente se llevaron a cabo inspecciones, materialmente se realizaron reparaciones y la entidad ABS certificó la habilidad del buque para navegar con normalidad, pero pese a eso el fallo estructural no tuvo ningún otro origen que las deficiencias de mantenimiento y control de la conservación del buque, que no respondían a vicios que pudieran observarse directamente, sino que dependían de análisis técnicos complejos que no se efectuaron con la debida profesionalidad, eficacia y prudencia. Para los magistrados, todos los informes técnicos son extraordinariamente elusivos e imprecisos, lo cual se deduce de los términos literales de muchos de esos informes, y aquellos que pretenden establecer alguna causa concreta y demostrable carecen de rigor y se concretan en atribuir lo ocurrido a olas anormales, a la rotura/fractura de un mamparo y a defectos de conservación. El buque se encontraba dotado de cuantos certificados y documentación son exigibles para amparar su legal navegación en las aguas por donde lo hacía y el control se hallaba encomendado a la entidad ABS. Si los hechos demuestran que la estructura del Prestige no era apta para soportar la navegación normal, y mucho menos en condiciones críticas, es imposible que se certificase honradamente lo contrario, es decir, surgen indicios racionales de que el control o inspección, como mínimo, no fue eficaz. La Sala concluyó que si no se demostró que los acusados quisieran hundir el buque, ni que conocieran sus deficiencias estructurales ni las causas de estas, sino que se limitaron a asumir una navegación arriesgada en términos que no pueden ser tachados de imprudentes, ni desde el punto de vista estrictamente profesional ni desde el punto de vista de la mera lógica, La otra acusación relevante en el juicio es la formalizada por muchas partes contra el director general de la Marina Mercante, José Luis López-Sors González, a quien se le atribuyó la responsabilidad de lo ocurrido por tomar la decisión de alejar el buque de las costas gallegas, lo cual propició que el vertido de fuel del Prestige afectara a una extensa porción de costas españolas y francesas en términos económica y ambientalmente catastróficos. Dadas las condiciones del mar y el clima en los días de autos y el estado del buque, así como su cercanía a la costa gallega, era casi inminente que embarrancase en la referida costa, con consecuencias concentradas pero muy perjudiciales para ella y su delicado equilibrio ecológico, de modo que, tal y como ocurre con la reacción del capitán para adrizar el buque, casi todos los expertos coincidieron en que la decisión inicial de alejamiento fue correcta. En la sentencia se afirmó que las autoridades españolas contaban además con asesoramiento técnico correcto y más qué suficiente, aunque, como todo asesoramiento de esa índole, sujeto a error. No se manifestó cuál hubiera sido la decisión correcta a adoptar ni el protocolo a seguir en el supuesto de que se repitiesen hechos semejantes. Los magistrados consideraron que simplemente, ante una situación de emergencia, luego del asesoramiento técnico más riguroso y capaz, se tomó una decisión discutible pero parcialmente eficaz, enteramente lógica y claramente prudente. Al capitán acusado se le ordenó repetida, imperativa y claramente que diese remolque, para concretar así la orden de la autoridad marítima española que decidió que se alejase el buque de la costa gallega. Pero el mismo no acató ni cumplió esa orden, sino que de forma elusiva decidió no cumplirla y la desobedeció, con la excusa de que tenía que hablar con su armador, tardó aproximadamente tres horas en realizar esa consulta. Lo ocurrido es que, más preocupado por las consecuencias económicas de un remolque que era obligado, urgente y razonable que por solucionar una situación de máxima emergencia, decidió el capitán, quizás con cierta anuencia del armador, no obedecer las legítimas órdenes que de forma imperativa le fueron impartidas, con lo cual materializó una clara desobediencia y despreció intencionalmente el principio de autoridad, también legítimo, de la autoridad marítima. Por el contrario, el jefe de máquinas nada pudo desobedecer con respecto al remolque, porque quien decidía esa cuestión era el capitán. Sostuvo la Sala que la responsabilidad civil exigible no puede referirse a las graves consecuencias económicas del vertido de fuel del Prestige, ex arts. 109, 110, 116 y concordantes del Código Penal, como se deduce del tenor literal de esos preceptos, cuando se refieren a daños y perjuicios causados por el hecho o a la necesidad de que los daños y perjuicios se deriven del delito, de manera que si solo se considera acreditado el delito de desobediencia, de este no se deriva o con este no se causaron los daños y perjuicios derivados del vertido del Prestige, con independencia de la en buena parte cumplida acreditación de ingentes daños y perjuicios.Fuente: www.poderjudicial.es

martes, 12 de noviembre de 2013

Devolverán paga extra de 2012 a un funcionario

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla ordenó a la Administración la devolución de la paga extra de Navidad de 2012 a un funcionario, según la página Web del Poder Judicial de España. En el fallo, el juez considera contraria a Derecho la minoración de 1/14 parte de la cuantía anual de sueldo y trienios sufrida por el actor en sus nóminas de julio a diciembre del ejercicio de 2012. En este sentido, declara el derecho a ser resarcido por la administración demandada, en este caso, la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, abonándole las anteriores minoraciones más sus intereses legales. El juez resuelve que el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio que retiraba la paga extra de diciembre de ese año de los funcionarios necesitaba, en el caso de los empleados públicos de la Justicia, una modificación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. En concreto, el artículo 519.1 de dicha Ley Orgánica establece que los funcionarios tienen derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año que se harían efectivas en junio y diciembre. La reforma se realizó mediante la Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre y entró en vigor dos días más tarde, cuando ya devengó la totalidad de la paga extra. Pero el legislador orgánico no dio efecto retroactivo a esta disposición, por lo que la detracción anterior a la entrada en vigor de esta reforma carece de cobertura legal y es contraria a derecho. La sentencia, que es firme al ser un asunto de cuantía inferior a 30.000 euros y por tanto, un proceso en única instancia, indica que las pagas extraordinarias tienen consideración de salario diferido, por lo que ya se generó ese derecho de cobro. Fuente: http://www.poderjudicial.es.

lunes, 11 de noviembre de 2013

CAP se pronuncia ante excesiva mediatización del Caso Centenario

El Colegio de Abogados del Paraguay(CAP) censura la conducta de los profesionales que incurrieron en violaciones éticas y legales en el Caso Centenario. Reclama a la Corte Suprema de Justicia pidiendo la aplicación de sus facultades disciplinarias, al igual que a la Fiscalía General del Estado las correspondientes en cuanto a la actuación de la Agente Fiscal, de acuerdo con el pronunciamiento hecho público en sus cuentas del facebook y del twitter. El Colegio de Abogados del Paraguay realiza un pronunciamiento ante la profusa difusión mediática de detalles y supuestos elementos probatorios de una causa por coacción sexual que involucra a menores de edad, por los profesionales que intervienen en la misma. El Colegio de Abogados del Paraguay se preocupa por tal actitud que, lejos de constituir un válido elemento de defensa de los derechos de las partes, cuanto ha permitido es una exacerbada morbosidad en la sociedad, sin considerar que, se trata de un caso que afecta a la intimidad de una adolescente y que, a su vez, los imputados son de la misma edad. Lamenta que en procura de algún posicionamiento de sus pretensiones, los profesionales violentaron disposiciones legales que consagran el interés superior del niño o adolescente y que imponen la obligación de guardar secreto de las actuaciones en los procesos que éstos estén involucrados; secreto que por lo demás, fue expresamente dispuesto por la reserva de actuaciones decretada por la jueza del caso. Insiste que todas las profesiones necesitan estar revestidas de seriedad, discreción y discreción, pero la de los abogados y médicos, por estar más en contacto con el hombre y sus intimidades, requieren en forma determinante estas cualidades. Reflexiona que los hechos posteriores a la celebración de la junta médica pusieron de resalto la imperiosa necesidad de ajustar el comportamiento profesional dentro de parámetros éticos de actuación, puesto que no es la prensa, ni las redes sociales de comunicación utilizadas, el lugar idóneo para debatir los derechos de las partes, produciendo una lesión al honor, intimidad y reputación de los justiciables. Explica que sin perjuicio de las responsabilidades de los profesionales abogados, la actuación de algunos de los profesionales médicos integrantes de la Junta Médica, que se desempeñaban como peritos judiciales, fue indebida al difundir detalles que debían mantener bajo el secreto profesional y por imperio de la reserva de actuaciones. Manifiesta que se suma a este cúmulo de actuaciones indebidas la atribuida a la Agente Fiscal integrante de la unidad encargada de la investigación del hecho, quien había incurrido ante los medios de comunicación revelando detalles de la misma y evidenciando un llamativo descontrol emocional. Expresa que sus decisiones deben ser consecuencia de lo científicamente logrado en la investigación y no lo que la opinión pública o algún sector de ella pretenda. Preocupa la falta de reacción de las autoridades ante estos hechos, que evidencia la necesidad impostergable de una ley de colegiación profesional. Fuente: @CAP_py Fotos: Colegio de Abogados del Paraguay Cuenta del Facebook