-A conocer el motivo de su detención: el detenido tiene derecho a conocer el motivo de su detención y a ver la orden de detención, salvo que sea sorprendido en flagrancia cometiendo el delito.
-A ser informado: el detenido tiene derecho a ser informado de forma específica y clara, acerca de los hechos que se le imputan y los derechos que le otorgan la Constitución y las Leyes.
-A guardar silencio: el detenido tiene derecho a guardar silencio y no puede ser obligado a declarar.
-A declarar: tiene derecho a declarar, si quiere dar su versión de los hechos, pero sin que le tome juramento. Mientras declara no puede ser sometido a presiones.
-A no ser tratado como culpable: tiene derecho a que no se le considere culpable ni se le trate como tal, mientras no sea condenado por una sentencia firme, tiene derecho a no ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. No puede ser obligado a someterse a exámenes corporales a menos que lo ordene el Juez.
-A que se conozca que está detenido: tiene derecho a que, en presencia, se informe a su familia o a otras personas conocidas que se halla detenido por que motivo y en que lugar.
-De comunicación y visitas: tiene derecho a recibir visitas y comunicación con el exterior, a menos que el Juez lo prohíba hasta por un plazo máximo de diez días.
-A ser asistido por un Abogado: tiene derecho a ser asistido por un Abogado de confianza y a entrevistarse privadamente con él.
-Plazos de detención: tiene derecho a ser trasladado ante la presencia del Juez, a más tardar dentro de 24 horas.
-A que un Juez se pronuncie sobre su detención: tiene derecho a que un Juez examine la legalidad de su detención en las condiciones en que se encuentre y resuelva si procede o no dejarlo en libertad.
Mientras que los derechos de la víctima son:
-A denunciar el delito: Puede denunciarlo a la Policía, las fiscalías del Ministerio Público o a los tribunales.
-A recibir un trato digno.
-A ser informada del estado del proceso, de sus derechos y de las actividades que realizar para ejercerlos.
-A solicitar protección.
-A obtener reparación: tiene derecho a obtener restitución de las cosas que hubieran sido hurtadas, robadas o estafadas, a que los fiscales del Ministerio Público promuevan medidas para facilitar la reparación del daño sufrido, y a demandar la indemnización de los perjuicios sufridos.
-A ser escuchada por el fiscal o Juez de Garantía, antes de decidirse la suspensión o el término del procedimiento.
-A interponer querella: la víctima tiene derecho a querellar a través de un abogado.
-A participar en el proceso: tiene derecho a obtener de la policía, de los fiscales y de los organismo auxiliares, apoyo y facilidades para realizar los trámites en que deban intervenir.
-A reclamar ante las autoridades del Ministerio Público o el Juez que corresponda frente a las resoluciones que signifiquen el término de su caso.
No hay comentarios:
Publicar un comentario