jueves, 2 de diciembre de 2010

La Imparcialidad e Independencia Judicial



Imagen:libreriaulpiano.com.ar


El Dr. Alberto Binder en su libro Introducción al Derecho procesal penal, en la tercera parte hace referencia a las garantías constitucionales en el proceso penal. Entre ellas están el juicio previo, el principio de inocencia o de no culpabilidad, la irretroactividad de la ley procesal penal, el juez natural y la prohibición de las comisiones especiales, la imparcialidad e independencia judicial, la inviolabilidad del derecho a la defensa en juicio, Ne bis in idem(la Inadmisibilidad de la persecución penal múltiple), el derecho a no declarar en contra de uno mismo, la inviolabilidad del domicilio y los registros privados, prohibición de la tortura.

La Imparcialidad e independencia judicial

Binder en su obra trata sobre la imparcialidad e independencia judicial. Manifiesta que se establece "la exigencia de la imparcialidad e independencia de los jueces como un mecanismo adecuado para que la administración de justicia no responda a los dictados de ninguno de los otros poderes del Estado".

Expresa que "los jueces son, en cuanto al ejercicio de su función y para la aplicación del Derecho al concreto, independientes de todos los demás poderes del Estado". Explica que esa afirmación tiene varias consecuencias. Primeramente, significa que la independencia es un atributo personal del juez.

Cree necesario distinguir lo que es independencia de la institución judicial en cuanto a la independencia personal del juez.

Asevera que el verdadero concepto de independencia judicial está ligado al segundo punto vista. Manifiesta que "es el juez, personalmente, con nombre y apellido, quien no está subordinado a ninguna instancia de poder. No está subordinado al Poder Ejecutivo, ni al Poder Legislativo; pero tampoco está subordinado a ninguna instancia de poder interna al Poder Judicial".

Aclara que lo que se llama Independencia institucional, es un concepto secundario o derivado, puesto que si existe tal independencia judicial, no es sino para servir a la independencia personal-indica- que es la primera y genuina independencia de los jueces.

Manifiesta que es muy común ver que los jueces sienten temor respecto de las decisiones de los tribunales de segunda instancia o de la Corte Suprema.


FUENTE: BINDER, Alberto. Introducción al derecho procesal penal. 2ª Edición 5ª reimp. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2009.pp. 149, 150



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