jueves, 20 de marzo de 2014

Gestores deberán identificarse para realizar su labor en Tribunales

Los gestores que no tengan el carnet identificatorio proveído por la Dirección General d Recursos Humanos, mediante la Administración y Control de Personal, de la Corte Suprema de Justicia, no podrán ingresar al Palacio de Justicia para realizar la gestoría correspondiente. Así dispuso el pleno de la Corte Suprema de Justicia durante la última sesión plenaria, de acuerdo con la página Web del Poder Judicial. De esta manera, para que los gestores puedan ingresar a la sede judicial a realizar la gestoría, deberán contar con el carnet identificatorio y en ese modo se estableció que la Dirección General de Recursos Humanos, a través de la Administración y Control de Personal se encargue de realizar los trámites a los interesados, sean personas que ofrezcan sus servicios a la ciudadanía para agilizar sus trámites judiciales o sean auxiliares de abogados o escribanos. Requisitos.Los interesados en contar con el carnet identificatorio deberán cumplir con los requisitos como llenar el formulario proveído por la Dirección General de Recursos Humanos, a través de su Dirección de Administración y Control de Personal, fotocopia autenticada de Cédula de Identidad, antecedente Judicial original, antecedente policial original y ser mayor de 18 años. Asimismo se exigirá tener el Visto Bueno de la Dirección General de Recursos Humanos, a través de su Dirección de Administración y Control de Personal, en tanto la validez del documento será por un año prorrogable. El costo de la elaboración del carnet correrá por cuenta del solicitante, aclarándose además que los gestores que ya cuentan con el mencionado documento deberán renovarlo ante la Dirección General de Recursos Humanos, a través de su Dirección de Administración y Control de Personal. Se aclara asimismo, que el carnet no significará ningún vínculo laboral entre el portante y la Corte Suprema de Justicia y no resulta extensivo para realizar trámites ante órganos jurisdiccionales. Según la disposición, la Dirección General de Recursos Humanos, mediante su Dirección de Administración y Control de Personal, dará a conocer mensualmente acerca de la cantidad de gestores matriculados y las solicitudes presentadas, remitiendo las mismas al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia para su correspondiente aprobación. Igualmente deberá informar si algún gestor incurriere en algún tipo de falta o agravio al decoro de la investidura judicial, cuyo carnet otorgado será pasible de revocación por parte del Consejo. Fuente: http://www.pj.gov.py/ Foto:http://www.pj.gov.py/

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