lunes, 19 de abril de 2010

Para saber

impugnación: objección, refutación, contradicción. Se refiere tanto a los actos y escritos de la parte contraria, cuando pueden ser objeto de discusión ante los tribunales, como a laque s resoluciones judiciales que sean firmes y contra las cuales cabe algun recurso.

bastanteo: documento en que consta esa declaración de un abogado acerca de la eficacia de un poder para actuar en una causa o en otro acto jurídico que lo requiera.

tipicidad: es el primer elemento de naturaleza jurídica de la teoría del delito, ya que se trata de una construcción del legislador según la cual un comportaniento humano tendrá relevancia jurídica penal cuando este previamente descrita en la ley y además se constate afirmativamente la presencia de los demás elementos objetivos.

juicio ordinario: denominase así en materia civil aquel que, por sus trámites más largos y solemnes, ofrece a las partes mayores oportunidades y mejores garantías para la defensa de sus derechos, contrariamente a lo que sucede en el juicio sumario o sumarísimo.

juicio sumario: aquel, en el que, por la simplicidad de las cuestiones a resolver o por la urgencia de resolverlas, se abrevian los trámites y los plazos.

FUENTE: Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, y Manual de Derecho Penal de José Casanhas Levi

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